Decisiones del Gorecaj chocan con arbitraje y abren posibles responsabilidades y estas apuntan a una persona que en varias oportunidades aparece en informes de Contraloría con presuntas responsabilidades penales.
Otra Prensa accedió a documentos oficiales que revelan que la administración regional impulsó una nueva contratación para la obra del Instituto Pedagógico “Hno. Victorino Elorz Goicoechea” mientras el contrato anterior era materia de arbitraje. El tribunal arbitral terminó declarando inválida la resolución que anulaba el contrato original. Esto generó un conflicto legal que hoy es necesario que las autoridades revisen para determinar la legalidad de los procesos de contratación y la actuación de varios funcionarios regionales.
El inicio del proyecto de infraestructura del Instituto de Educación Superior Pedagógico “Hno. Victorino Elorz Goicoechea”, en la provincia de Cajamarca se ha convertido en un caso que exhibe serias fallas en la gestión de contrataciones del Gobierno Regional de Cajamarca – Gorecaj.
Los documentos revisados por el equipo de investigación de Otra Prensa muestran una cadena de decisiones que generan serias suspicacias legales. Por ejemplo, existe una resolución de rescindir unilateral un contrato, un inicio de arbitraje por parte de uno de los contratistas, un laudo que revierte la decisión unilateral de la entidad y, paralelamente, el impulso de un nuevo proceso de contratación directa para la misma obra.

En 2024, el Gorecaj suscribió el Contrato N.º 077-2024-GR.CAJ-GGR con el Consorcio Educativo Cajamarca para la ejecución de trabajos de saldo de obra en el instituto. Esta contratación se dio el 18 de septiembre de 2024 entre el Gorecaj y el contratista representado por Nenive Bautista Carranza.

Meses después, la entidad decidió resolver unilateralmente el contrato, argumentando incumplimientos del contratista. La decisión fue formalizada mediante la Resolución de Gerencia General Regional N.º D103-2025- GR.CAJ/GGR, firmada por la gerente Rocío Elizabeth Portal Vásquez el 18 de marzo de 2025, que dispuso resolver el contrato, ejecutar la garantía de fiel cumplimiento, iniciar el proceso de liquidación, y comunicar el caso al OSCE para evaluar sanciones contra el proveedor.

Los abogados de Otra Prensa, sostienen que “desde el punto de vista jurídico, la decisión unilateral de resolver un contrato de obra pública constituye una medida que debe sostenerse en incumplimientos apropiadamente acreditados, respetando, en todo momento, los procedimientos establecidos en la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento”.
Es decir, que la decisión unilateral del Gorecaj, abrió las puertas al contratista, que no estaba de acuerdo con la decisión adoptada, y que tenía el derecho de someter el caso a arbitraje; acción importante para resolver debates nacidos de contratos públicos.
El consorcio Educativo Cajamarca inició un proceso arbitral el 16 de mayo de 2025 ante el Centro de Arbitraje Latinoamericano e Investigaciones Jurídicas con el Expediente N.º 590-2025-CEAR. El contratista acudió al arbitraje cuestionando la legalidad de la resolución del contrato. Tras analizar el caso, el proceso arbitral fue resuelto mediante laudo de derecho emitido el 30 de diciembre de 2025 en Lima, por el árbitro Dr. Kenny Adolfo Malpartida Gamarra, quien concluyó que la decisión del Gorecaj carecía de validez jurídica y resolvió declarar inválida la carta notarial utilizada para resolver el contrato, declarar inválida la Resolución de Gerencia General Regional que dispuso la resolución contractual, y establecer que el contrato N.º 077-2024-GR.CAJ/GGR tenía que considerarse vigente.

En términos jurídicos, sostienen los abogados de Otra Prensa, el laudo arbitral tiene efecto vinculante y obligatorio para ambas partes, por lo que el Gorecaj debió acatar sus disposiciones. No obstante, mientras el conflicto arbitral se desarrollaba, el Gorecaj impulsó un nuevo proceso de contratación directa para ejecutar el saldo de obra. Esta decisión generó un escenario legalmente complicado, ya que la entidad avanzaba con la contratación de otro proveedor para ejecutar trabajos que aún estaban vinculados al contrato original en disputa arbitral.

Posteriormente, el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas (OECE) revisó el procedimiento y advirtió una irregularidad. El organismo determinó que no correspondía aplicar nuevamente la modalidad de contratación directa debido a que el contrato anterior también había sido adjudicado mediante un procedimiento no competitivo, es decir, un proceso de entrega directa.

De acuerdo con la normativa de contrataciones públicas, la modalidad de contratación directa para ejecutar saldos de obra solo puede utilizarse cuando el contrato anterior proviene de un proceso competitivo, o lo que es una licitación pública. Al haberse utilizado previamente un procedimiento no competitivo, el Gorecaj debía convocar un nuevo proceso competitivo y no recurrir nuevamente a la contratación directa. Esta observación abrió la posibilidad de declarar la nulidad del nuevo proceso contractual.
En el circuito administrativo del proceso aparece la Dirección Regional de Abastecimiento del Gobierno Regional de Cajamarca, dirigida por la varias veces integrada en informes de Contraloría con presuntas responsabilidades penales, Lisset Jannet Silva Leiva. Su área es la responsable de conducir los procesos de contratación dentro del Gorecaj.
Los documentos en los que se basa esta información arrojan que durante el análisis técnico que sustentó la segunda contratación directa, Lisset Jannet Silva Leiva, habría realizado de manera unilateral la invitación, sin solicitar al área usuaria que sea parte de un comité, en el caso de haber querido darles transparencia a sus decisiones. Pero no, los documentos evidencian que ella sola hace la invitación. Esto se refuerza cuando en los documentos se menciona que la funcionaria Silva Leiva, aduce que no tenía conocimiento del laudo arbitral.

Lo que la funcionaria de abastecimiento del Gorecaj afirma, no es para nada irrelevante, por contraria razón muestra el nivel de descoordinación institucional dentro del aparato administrativo regional.
En procedimientos de contratación pública, especialmente en modalidades excepcionales como la contratación directa, la articulación se da entre las oficinas o gerencias de asesoría jurídica, infraestructura, abastecimiento y la propia gerencia general, que encabeza la funcionaria de La Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, Rocío Elizabeth Portal Vásquez.
La participación de Lisset Jannet Silva Leiva resulta determinante en el análisis periodístico del caso, debido a que el laudo arbitral, al declarar vigente el contrato original, generaba una incompatibilidad jurídica con cualquier nuevo contrato que se intentara celebrar para la misma obra. Los documentos revisados muestran que el proceso incluyó la participación de diversas áreas de la administración regional. La interacción de estas áreas evidencia que la controversia contractual se gestó dentro de la estructura administrativa del propio Gorecaj.
El conjunto de documentos sigue una secuencia de decisiones descrita en los expedientes que presentamos y podrían ser materia de evaluación por parte de los órganos de control del Estado. Así, tenemos por ejemplo la legalidad de la resolución del contrato original, posteriormente declarada inválida por un tribunal arbitral; la decisión de impulsar una nueva contratación directa en un contexto de controversia arbitral; y las fallas de coordinación institucional que permitieron que distintas áreas administrativas actuaran sin contar con indagación completa sobre el estado del proceso arbitral.
El proyecto de infraestructura del Instituto Pedagógico, iniciado en 2022, continúa envuelto en un escenario de controversia administrativa y legal que ha retrasado su ejecución. La situación también incide en el proceso de licenciamiento institucional del instituto, debido a que ello depende de mejoras en su infraestructura para cumplir con las condiciones exigidas por el sistema educativo. Institutos como el de Jaén, Chota, Celendín con menor antigüedad, ya han sido licenciadas; y el instituto público de la provincia de San Pablo también está próximo a su licenciamiento.

La evolución del caso dependerá ahora de las acciones que puedan adoptar los órganos competentes. Estas instancias deberán determinar si lo ocurrido corresponde a errores administrativos dentro de un proceso complejo o si existen responsabilidades funcionales derivadas de la gestión del contrato y del cumplimiento del laudo arbitral.
En tanto, el Instituto Pedagógico “Hno. Victorino Elorz Goicoechea” viene funcionando en una casona antigua, que se ha tenido que mejorar, debido a las observaciones del MINEDU. La solución, ya ha sido planteada a los funcionarios del Gorecaj. Alquilar las instalaciones de la ex universidad privada San Pedro, ubicada en la parte alta de Cajamarca. Con ello, el riesgo de perder el licenciamiento, disminuiría, pero esto pasa por una decisión política que, al parecer, la gestión de Roger Guevara, no quiere tomar.
Finalmente, de no ejecutarse el laudo arbitral, expondría al Gobierno Regional a embargos de cuentas y mayores gastos por intereses, algo que podría fácilmente, ir para el alquiler de la sede temporal del instituto.
Accede a todos los documentos de la investigación aquí.