Mujer denunció que fue víctima de tocamientos indebidos en el Hospital II EsSalud Cajamarca; sin embargo, Policía Nacional no remitió la denuncia al Juzgado de Familia.
La oficina de la Defensoría del Pueblo en Cajamarca requirió a la Primera Comisaría de esta ciudad remitir con urgencia al Centro Emergencia Mujer (CEM) y al Juzgado de Familia la denuncia de una mujer por un presunto delito contra la libertad sexual, en la modalidad de actos contra el pudor, ocurrido el 27 de septiembre pasado en el Hospital II EsSalud Cajamarca. Así, se podrá garantizar la atención integral de la víctima y que cuente con las medidas de protección en el más breve plazo posible.
El requerimiento se hizo luego de conocer el caso de una ciudadana que se encontraba en el área de observación para pacientes con COVID-19 del referido nosocomio. Ella denunció por tocamientos indebidos a un técnico de enfermería. De inmediato, la oficina defensorial se reunió con representantes de la Red Asistencial EsSalud Cajamarca con la finalidad de solicitar información sobre las acciones realizadas en atención a la denuncia.
EsSalud informó que ya se inició un proceso disciplinario al trabajador involucrado en el caso y ha sido separado de su centro de labores, a través de una medida cautelar, mientras dure la investigación. Ello se realizó con la finalidad de evitar que se repitan hechos de la misma naturaleza, toda vez que, al ser personal de salud, está en constante contacto con pacientes mujeres y varones de todas las edades. Los responsables de EsSalud agregaron que, de comprobarse la veracidad de los hechos, solicitarán la máxima sanción para el trabajador -la destitución- atendiendo la gravedad de los hechos.
Sin embargo, la oficina de la Defensoría del Pueblo en Cajamarca advirtió que, pese a que el hecho ocurrió el 27 de septiembre pasado y fue puesto en conocimiento del personal policial de servicio del hospital, quien levantó un acta sobre lo ocurrido y comunicó a la Primera Comisaría de Cajamarca, esta dependencia no ha puesto en conocimiento los hechos al Centro Emergencia Mujer, tal y como lo establece la Ley N° 30364 Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes de grupo familiar.
Del mismo modo, en el Juzgado de Familia de Cajamarca no se encuentra el expediente judicial en favor de la ciudadana, por lo cual se infiere que la Primera Comisaría tampoco habría remitido los actuados al juzgado dentro de las 24 horas, como establece la Ley 30364.
En ese sentido, la oficina de la Defensoría del Pueblo en Cajamarca requirió al titular de la Primera Comisaría de Cajamarca remitir los actuados al Centro Emergencia Mujer para que esta entidad garantice la atención integral de la víctima.
Del mismo modo, pidió que el caso también sea remitido al Juzgado de Familia a fin de que la víctima cuente con medidas de protección en el plazo más breve posible.
